Avance legislativo en materia laboral - marzo 2026

Distintas iniciativas en materia laboral siguen avanzando en el Congreso.

Durante marzo hemos querido destacar dos, por su relevancia e impacto en las empresas y trabajadores.

La primera es el subsidio al empleo, proyecto que despachado en tercer trámite (boletín 17641) busca crear un nuevo sistema de subsidio unificado al empleo (SUE), de cargo fiscal y administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo. 

La iniciativa se revisó según las modificaciones del Senado, las cuales se aprobaron íntegramente, quedando el texto en condiciones de pasar al Ejecutivo para su promulgación.

La propuesta beneficiará a trabajadores/as y empresas del sector privado, priorizando a los grupos más rezagados en el acceso al trabajo formal:

  • Mujeres entre 25 y 54 años, 11 meses y 30 días de edad.

  • Jóvenes entre 18 y 24 años, 11 meses y 30 días de edad.

  • Personas de más de 55 años.

  • Personas inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad, de ambos sexos y que tengan hasta 64 años, 11 meses y 30 días de edad.


El beneficio considera un criterio de focalización socioeconómica de acuerdo al Registro Social de Hogares para las tres primeras líneas. La línea de discapacidad, en tanto, no tendrá esta focalización.

Además, prioriza la entrega de subsidios a las pymes al incorporar un límite de 200 trabajadores beneficiarios por empresa.

El texto despachado exige a los beneficiarios acreditar que la o el trabajador mantiene una renta bruta mensual igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales (IMM) y pertenece a los grupos prioritarios mencionados.

También definió requisitos para las y los trabajadores: registrar, a lo menos, seis meses de desempleo continuos u ocho discontinuos, dentro de los 18 meses anteriores a la postulación.

Junto a esto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, aprobó la idea de legislar sobre el proyecto que modifica el Código del Trabajo para hacer aplicable la indemnización por años de servicio en caso de fallecimiento del trabajador por causa o motivo laboral (boletín 17761-13).

El proyecto, que ingresó el 12 de agosto de 2025, establece que el empleador deberá pagar la indemnización a las personas señaladas en el artículo 60 del Código del Trabajo, siguiendo el orden de precedencia legal, cónyuge o conviviente civil, hijos y, en su defecto, padres, dentro del plazo de 30 días desde que la muerte sea calificada como "de origen laboral, conforme a la normativa vigente".

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