Marco normativo que busca prevenir y erradicar el acoso escolar, la discriminación y la violencia en los establecimientos educacionales
El 1 de abril de 2026 se publicó en Diario Oficial la Ley N° 21.809, marco normativo que busca prevenir y erradicar el acoso escolar, la discriminación y la violencia en los establecimientos educacionales.
Así, se establece el deber del Estado de promover el bienestar socioemocional y el aprendizaje integral y se reconoce el derecho de docentes y asistentes de la educación a trabajar en ambientes seguros, resguardando su autoridad pedagógica.
Para esto, se establece que:
Todos los establecimientos deben contar con un equipo liderado por un Coordinador de Convivencia Educativa.
Es obligatorio contar con un Plan de Gestión de Convivencia Educativa que incluya estrategias de salud mental, prevención de conductas suicidas y gestión de conflictos.
Los plazos de investigación para casos que involucren estudiantes no podrán superar los 2 meses.
Los reglamentos deben asegurar canales seguros, confidenciales y que eviten la revictimización.
La expulsión o cancelación de matrícula es excepcional y requiere un informe previo de una comisión técnica que agote las alternativas pedagógicas.
Las agresiones de estudiantes o apoderados contra trabajadores del establecimiento se considerarán violencia en el trabajo ejercida por terceros, vinculándose con las protecciones del Código del Trabajo.
Entrada en vigencia general: 3 meses después de su publicación.
Los establecimientos deberán mantener su normativa interna actualizada permanentemente según este nuevo marco.