Partición Hereditaria: ¿Cómo distribuir un legado y evitar conflictos?
La partición de la herencia constituye el procedimiento jurídico esencial para formalizar la distribución de los activos (bienes y derechos) y pasivos (obligaciones) que conforman el caudal relicto de una persona difunta entre sus sucesores.
Este proceso de reparto puede desplegarse a través de diversas vías, cuya elección depende fundamentalmente de dos factores críticos: la existencia de un acuerdo entre los herederos y la previa voluntad del causante plasmada en un testamento.
Vías para la distribución del Patrimonio
Partición Consensuada: Cuando los herederos alcanzan un acuerdo unánime, el proceso se simplifica notablemente. Esta voluntad puede formalizarse mediante un documento privado entre las partes o, preferiblemente, a través de un procedimiento notarial que confiere plena validez y seguridad jurídica al reparto efectuado.
Partición Judicial (o Contenciosa): La ausencia de consenso obliga a recurrir a la vía judicial. En este escenario, es la autoridad de un juez quien asume la responsabilidad de la división, o bien se designa a un contador-partidor para que acometa la compleja tarea de asignar los bienes de forma justa y equitativa, resolviendo la disputa.
La presencia de un testamento dejado por el fallecido es crucial. Las disposiciones testamentarias no solo sirven de guía para el reparto, sino que también pueden haber designado de antemano a la persona encargada de llevar a cabo la división, simplificando el proceso.
En contraposición, cuando no existe testamento (la denominada sucesión intestada), la distribución de los bienes debe efectuarse rigurosamente de acuerdo con el orden sucesorio que establece la legislación vigente para la atribución de la herencia.