Cobrar facturas impagas en Chile: cómo recuperar el IVA y qué hacer si el deudor no paga

Cobrar facturas impagas en Chile es uno de los problemas más frecuentes que enfrentan las empresas. El servicio se prestó, la factura se emitió, pero el pago no llega. Mientras tanto, el IVA ya fue pagado al SII y el flujo de caja se deteriora. Esta guía explica el proceso completo: desde las gestiones extrajudiciales hasta las herramientas judiciales más contundentes, incluyendo cómo recuperar el IVA cuando el deudor está en un procedimiento concursal.

¿Por dónde se empieza para cobrar facturas impagas en Chile?

El proceso tiene dos etapas. Primero la cobranza extrajudicial: correos, llamadas y cartas al domicilio, que puede hacerse internamente o con empresa externa. Si no hay respuesta, se pasa a la cobranza judicial.

La cobranza judicial comienza con la gestión preparatoria de la vía ejecutiva: se notifica judicialmente la factura al deudor para que reconozca la deuda. Una vez completada esa gestión, se interpone el juicio ejecutivo.

¿Cuáles son las posibilidades reales de cobro?

No hay cifras oficiales, pero antes de iniciar cualquier acción conviene hacer un diagnóstico del deudor. Los factores que determinan las posibilidades reales de cobrar facturas impagas en Chile son:

• Si tiene juicios civiles, laborales o de cobranza vigentes en su contra.

• Si tiene patrimonio ejecutable: inmuebles, vehículos u otros bienes de valor.

• Si existen otros acreedores: bancos, instituciones financieras.

• Si tiene deudas previsionales con AFP o AFC.

• Si la empresa sigue operando, participa en licitaciones o tiene convenio marco.

• Si forma parte de un grupo o holding con activos en otras entidades relacionadas.

Este análisis determina la estrategia: juicio ejecutivo, liquidación forzosa o negociación directa.

¿Se puede recuperar el IVA de facturas impagas?

Esta es la pregunta que más angustia genera. La respuesta corta es: por sí sola, la factura impaga no permite recuperar el IVA.

El IVA se devenga al momento de emitir la factura, independiente de si el cliente paga o no. El SII confirmó expresamente en el Oficio N° 2.841 de 2021 que no existe posibilidad de recuperar el IVA mediante un certificado de incobrabilidad.

Tampoco se puede anular la factura mediante nota de crédito por el solo hecho del impago. La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios limita las notas de crédito a casos específicos: descuentos posteriores, devolución de mercaderías, resciliación del contrato o errores de facturación.

Emitir una nota de crédito fuera de esos casos expone a:

• Multas de entre el 50% y el 300% del impuesto eludido.

• Inconsistencias en el sistema del SII que generan fiscalización cruzada al emisor y al receptor.

• Riesgo de querella criminal por delito tributario si el SII determina dolo.

¿Cuándo sí se puede recuperar el IVA de facturas impagas?

La recuperación del IVA es posible cuando el deudor está sometido a un procedimiento concursal bajo la Ley N° 20.720.

Si el deudor está en Liquidación:

• En liquidación simplificada, el plazo para verificar las facturas es de 15 días hábiles desde la apertura del procedimiento.

• En liquidación ordinaria, el plazo es de 30 días hábiles.

• En ambos casos se deben cumplir los requisitos de la Ley N° 18.591. El Liquidador emite una nota de débito por el IVA, que sirve como crédito fiscal para futuros pagos.

Si el deudor está en Reorganización:

• El acreedor puede acogerse al artículo 27 ter del DL 825.

• Permite imputar el IVA de las facturas impagas a cualquier otro impuesto fiscal o solicitar su reembolso directo a la Tesorería General de la República.

En ambos casos, los plazos son fatales. Si se pierden, se pierde también el beneficio tributario.

¿Qué pasa si el deudor no está en liquidación ni reorganización?

Aquí es donde cobrar facturas impagas en Chile requiere una estrategia más agresiva. Si el diagnóstico patrimonial del deudor indica insolvencia, existe una herramienta que muchos acreedores desconocen: solicitar la liquidación forzosa del deudor.

Esta solicitud puede desencadenar uno de los siguientes escenarios:

• El deudor paga o llega a un acuerdo de pago (mejor escenario).

• El deudor solicita una reorganización judicial, lo que activa el mecanismo del artículo 27 ter para recuperar el IVA.

• El deudor se allana o no comparece, y se abre la liquidación.

Si se llega a liquidación, el acreedor puede verificar sus créditos y recuperar el IVA vía nota de débito o reembolso.

¿Qué implica pedir la liquidación forzosa?

El solicitante debe consignar 100 UF en el tribunal como requisito legal. La regla general es que ese monto se restituye durante el procedimiento.

El requisito de fondo es acreditar que el deudor se encuentra en una situación de insolvencia, es decir, que no puede cumplir sus obligaciones de manera regular.

¿Desde qué monto conviene cobrar facturas impagas por esta vía?

No existe monto mínimo ni máximo legal. Sin embargo, hay dos consideraciones prácticas:

• Deben existir indicios claros de insolvencia del deudor.

• La consignación de 100 UF hace que esta herramienta sea especialmente razonable cuando la deuda supera los 20 millones de pesos. Por debajo de ese monto, el juicio ejecutivo directo puede ser más eficiente.

¿Por qué un deudor sin activos igualmente teme la liquidación forzosa?

Aunque el deudor no tenga bienes registrados a su nombre, la liquidación forzosa genera consecuencias que muchas empresas quieren evitar:

• Expone préstamos entre empresas relacionadas y cuentas por cobrar entre ellas.

• Permite al liquidador revisar desórdenes contables, desvíos de fondos o traspasos de activos.

• Interrumpe contratos vigentes, licitaciones ganadas y convenios marco.

• Afecta la reputación comercial del deudor frente a bancos y proveedores.

Por eso, la solicitud suele ser suficiente para reactivar negociaciones.

Resumen: ruta para cobrar facturas impagas en Chile y recuperar el IVA

1. Diagnóstico patrimonial del deudor antes de actuar.

2. Cobranza extrajudicial como primer paso.

3. Juicio ejecutivo si hay patrimonio ejecutable.

4. Liquidación forzosa si hay indicios de insolvencia y la deuda lo justifica.

5. Verificación de créditos en el plazo legal para activar el mecanismo del artículo 27 ter y recuperar el IVA.


Si tienes dudas sobre tu situación o necesitas orientación, puedes escribirnos a contacto@peabogados.cl o llamarnos al +56 22 676 7600 o +56 9 3397 9997.



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